Todo lo que la ley te exige, resumido.
Esta página es un resumen práctico. No sustituye al asesoramiento jurídico; complementa nuestra guía de la Ley 2/2023.
¿A quién obliga?
- Empresas privadas con 50 o más empleados.
- Todas las entidades del sector público (con matices para municipios <10.000 hab.).
- Cualquier empresa (independiente del tamaño) en sectores regulados: servicios financieros, prevención del blanqueo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente.
- Partidos políticos, sindicatos y fundaciones que reciban fondos públicos.
Requisitos mínimos del canal
- Debe permitir denuncias anónimas.
- Debe estar disponible 24/7, en formato electrónico y accesible.
- Acuse de recibo en 7 días desde la recepción de la denuncia.
- Resolución en un plazo máximo de 3 meses (prorrogables 3 más en casos complejos).
- Designación formal de un Responsable del Sistema Interno de Información.
- Registro y trazabilidad de todas las comunicaciones y decisiones.
Sanciones
Régimen sancionador propio (arts. 63 y ss.): infracciones leves, graves y muy graves. Las muy graves alcanzan hasta 1.000.000 € para personas jurídicas y hasta 300.000 €para personas físicas, con posibles sanciones accesorias (inhabilitación para contratar con el sector público, publicidad de la sanción, etc.).
Cómo cumple Alertio
- Canal 24/7, anónimo por defecto, sin logs de IP.
- Automatización de plazos (7 días / 3 meses) con alertas al Responsable.
- Trazabilidad completa e informes exportables.
- Hosting UE, cifrado E2E, DPA disponible.